17 abr. 2012

La Unidad hace la Fuerza

HERMANOS - HERMANAS DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS, EMPEZEMOS A FORJAR LA UNIDAD DE NUESTROS PUEBLOS ORIGINARIOS A NIVEL DE AMERICA...


Lo que ustedes ven se hizo con cereales, flores, granos y otros productos naturales...donde dice LA UNIDAD HACE LA FUERZA.....

Hugo Tacuri: LA UNIÓN HACE LA FUERZA HERMANOS, ENTONCES A TRABAJAR EN FUNCIÓN A ELLO....

En la Sede de la OEA, en WASHINGTON D.C - EE.UU. discutiendo sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas de America


Esta es la Sede de la OEA, en WASHINGTON D.C - EE.UU.
Mi saludo desde Washington, a todos mis hermanos/as, Originarios de America, como ya les mencionaba desde mañana 17 de abril se empesara a trabajar en la Elaboración de la Declaración Americana, Sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas de America

http://www.oas.org/dil/esp/indigenas_la_negociacion_XIV_Reunion.htm

Hugo Tacuri:
Mi saludo desde Washington, a todos mis hermanos/as, Originarios de America, como ya les mencionaba desde mañana 17 de abril se empesara a trabajar en la Elaboración de la Declaración Americana, Sobre los Derechos de lso Pueblos Indigenas de America: lizados para su recomposición, restaron la representatividad de los pueblos en la Comisión Multisectorial, y generaron una discusión inequitativa del Reglamento frente a los 18 representantes del Poder Ejecutivo.

La etapa de evaluación interna no permitió a las instituciones representativas de los pueblos indígenas participantes de nivel nacional, contar con un plazo razonable necesario, a fin de realizar procesos de información a sus bases regionales y locales, de tal manera que conozcan sobre el proceso de discusión del Reglamento de la Ley de Consulta, y puedan aportar al mismo, motivo por el cual la norma no ha logrado el empoderamiento necesario desde las organizaciones.

El Estado, en la etapa de decisión del proceso de consulta del Reglamento, ha faltado al principio de Buena Fe establecido en el art. 4 de Ley de Consulta Previa y en el art. 6 del Convenio 169 de la OIT, puesto que de manera unilateral, ha incorporado artículos que no fueron materia de consulta en la etapa de diálogo con los pueblos indígenas, por lo tanto, no debieron ser integrados en el texto publicado. Es por ello que dichos artículos del Reglamento, no son aplicables, por incumplir la exigencia de haber sido consultados previamente.

El Estado también ha demostrado que su accionar no ha sido acorde con el principio de buena fe, al no respetar los acuerdos que fueron parte del acta del proceso del Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, incluyendo el articulado que no corresponde a los acuerdos arribados y suscritos el cinco de marzo pasado.

Asimismo, respecto del articulado del Reglamento en el que no se llegó a acuerdos con los Pueblos Indígenas, el Estado no ha sido permeable con sus aportes, por cuanto no fue incluido ninguno de ellos. Ello demuestra su falta de voluntad en sostener un proceso de buena fe, que considere prioritario el respeto de los derechos de los pueblos indígenas, en tanto es una obligación del Estado asumida con la suscripción del Convenio 169 de la OIT.

En cuanto al contenido del Reglamento queremos destacar, entre otros temas, dos que son seriamente controvertidos y que deben ser materia de revisión:

El Reglamento restringe la autonomía de los Gobiernos Regionales y Locales establecida en la Ley 27867, al imponer la necesidad de contar con un informe del Vice Ministerio de Interculturalidad, a fin de que se ejecute el derecho de consulta en su jurisdicción. Con ello, el Reglamento excede lo establecido en la Ley de Consulta, ya que según el artículo 19 de la misma, el Vice ministerio no cuenta con dichas funciones, encargándose solo de “concertar, articular y coordinar la política estatal de implementación del derecho a la consulta y brindar asistencia técnica y capacitación a las entidades estatales y a los pueblos”.

El Reglamento mantiene la obligación de realizar la consulta “antes de aprobar la medida administrativa que faculte el inicio de la actividad de exploración o explotación”.

Con ello, niega la posibilidad de realizar consultas respecto de los petitorios de concesiones mineras, a través de los cuáles, en la práctica, se sigue ordenando los usos de los suelos en las tierras de los pueblos indígenas.

Asimismo, lo establecido en el Reglamento resulta contrario con lo normado en su momento por el propio sector minero en el Reglamento de Procedimiento para la Aplicación del Derecho de Consulta a los Pueblos Indígenas para las Actividades Minero Energéticas en el Perú (Decreto supremo Nº 023-2011-EM), en el que se señalaba expresamente que “las medidas administrativas en materia de consulta son: el otorgamiento de concesiones mineras, de beneficio, de labor general y de transporte minero, susceptibles de afectar directamente a pueblos indígenas”.


Comentarios:
La Red Muqui, espera que las instituciones competentes del Estado, realicen un acercamiento con las organizaciones nacionales de pueblos indígenas y recojan sus inquietudes sobre el Reglamento a fin de que el proceso recobre legitimidad, y que sirva para evitar posibles conflictos sociales.
Ayer a las 4:48 · Me gusta · 2
Hugo Tacuri Disculpen con este comentario, es respecto a la Reglamentación de la ley de la Consulta previa, en el Perú, que nada bueno nos trae...
Ayer a las 4:53 · Me gusta · 1
Miguel Palacin Quispe
Hola Hugo, ojala aprueben por lo menos una palabra , no como en sesiones anteriores que no aprobaron NADA, ademas son mas de 10 años que están con un proyecto que ya ha sido superado por normas internas en varios países.Creo se hace necesar...Ver más
Ayer a las 4:59 · Me gusta
Hugo Tacuri Gracias hno Miguel, espero que avanzemos y que en este bicentenario se cobcluya...Saludos
Ayer a las 5:07 · Me gusta · 1
Dalmiro Rivera Andia hermano hugo todo esta en tus manos, esperamos q no se repita tal como dice el hermano miguel y sigamos en este proyecto sin desmayar
Ayer a las 5:10 · Me gusta
Dalmiro Rivera Andia saludo fraternal desde la region de apurimac base conaip
Ayer a las 5:11 · Me gusta
Armando Alfonso Leon Bazan Creo que con el CELAC se hará más y mejor en el tema de los derechos de los pueblos indígenas.-
Ayer a las 5:13 · Me gusta
Hugo Tacuri Eso esperamos, la voluntad de los representantes de los pueblos es de concluir y los representatesd e los estados no opinan igual.....
Ayer a las 5:14 · Me gusta
Hugo Tacuri Cierto Hno. para eso necesitamos la UNIDAD DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS DE AMERICA, esperamos que ese dia llegue.....
Ayer a las 5:16 · Me gusta
Hugo Tacuri Dalmiro no te pierdas.....en junio habra un evento Internacional ya te comunico...
Ayer a las 5:17 · Me gusta
Yoquiero Amibandera abrazo inmenso hermano hugo y toda la suerte para ust¡¡¡¡toda america tendria q estar unida para esta lucha!!!!!!
Ayer a las 5:41 · Me gusta
Hugo Tacuri Gracias hna. asi se habla... ya llegar ese dia..
Ayer a las 5:43 · Me gusta · 1
Hugo Tacuri Me despido, hasta otro momento hna. vanessa
Ayer a las 5:50 · Me gusta · 1
Yoquiero Amibandera q este muy bien y todas las mas lindas de las suertes¡¡¡¡¡¡¡¡se lo deseo con todo mi corazon!!!!
Ayer a las 5:52 · Me gusta
Nelson Cardenas Nunta esoe s buneo hermnaohugo esxito desde can gallo city muy pronto crearemo el boulevar shipi center en cant gallo
Hace 6 horas · Me gusta
Hugo Tacuri Un saludo a la distancia, me alegro de Boulevar.. saludos a las mamas de Canta Gallo...
Hace 4 horas · Me gusta
Tito Condori Ascarza bueno felicitaciones primo Hugo, por tu participación en proyectos en beneficio de los pueblos indígenas originarias. aplaudo tus actitudes un abrazo byeee.
Hace 3 horas · Me gusta

Indigenas en la negociacion de la XIV Reunion Sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas de America


Estimados Hermanos/as.
Les hago llegar mi saludo e informarles que se trabajara en la Declaración Americana Sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas de America, ahi les envio el Link:

http://www.oas.org/dil/esp/indigenas_la_negociacion_XIV_Reunion.htm

Saludos.
Atte,
Hugo Tacuri Huamani.
Presidente de Conaip